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Cómo vigorizar la Defensoría del Pueblo

Por Gustavo Gallón Giraldo, Director de la CCJ

Diario El Espectador, jueves, 23 de agosto de 2012

Categoría: Documentos y publicaciones / Columnas de la Dirección

Así como «la guerra es demasiado seria para dejársela a los militares», según decían Talleyrand y Clemenceau [1], la Defensoría es demasiado seria para dejársela a los políticos. La institución más cívica creada por la Constitución de 1991 debería ser una institución fuerte, que resonara cada vez que expresara los reclamos de la ciudadanía frente al abuso del poder.

Para eso se creó. Es una entidad estatal que no pertenece al Gobierno, y que tiene por mandato «la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos» (art. 282). Debería ser muy respetada, reconocida por toda la gente como una gran autoridad, y buscada por cualquier víctima como un sitio seguro de refugio y de apoyo. No parece que se perciba así.

En parte ello se debe al origen del nombramiento del Defensor o la Defensora. Su escogencia se hace en la Cámara de Representantes en función de cálculos de cuotas de poder. El Defensor no debería ser cuota de nadie, sino simplemente el tutor de toda la población.

Pero, además de ese origen político, una vez elegido el Defensor se encuentra aislado. Quienes acuden a él son los parlamentarios o las víctimas de violaciones de derechos humanos. Los parlamentarios, para pedirle puestos en contraprestación por el voto que contribuyó a su elección. Las víctimas, para reclamar protección. Pero ni unos ni otras son un referente verdadero de su acción, que se manifiesta a través de resoluciones defensoriales o de informes de riesgo del sistema de alertas tempranas, entre otros importantes medios.

Para conjurar esa soledad, la ley reglamentaria de la Defensoría (ley 24/92) le creó un Consejo Asesor «integrado por los Presidentes y Vicepresidentes de las Comisiones de Derechos Humanos de cada Cámara Legislativa, un representante del Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional, un representante de las universidades privadas, un delegado de la Federación Nacional de Personeros y cuatro voceros de las Organizaciones no Gubernamentales con personería jurídica y cuyo objeto sea la defensa y promoción de los derechos humanos» (art. 32). Ningún Defensor lo ha puesto en práctica, aunque el primero de ellos alcanzó a designar los voceros de las organizaciones no gubernamentales.

El Defensor debería no solo poner en funcionamiento el Consejo Asesor, en cumplimiento de la ley, sino proponer una ampliación de sus integrantes y de sus funciones, de tal forma que la Defensoría fortaleza su desempeño con la orientación y el respaldo de la sociedad civil [2]. Con acompañamiento de la comunidad internacional, ese Consejo transformado podría dar seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones sobre derechos humanos y derecho humanitario formuladas al Estado colombiano. Igualmente, podría ser el escenario de concertación de las políticas públicas en derechos humanos. Sería una Comisión Nacional de Derechos Humanos, entidad que este Gobierno ha propuesto que se cree, pero integrada a la Defensoría para robustecerla.

Quizás así el Defensor deje de ser una cuota de los partidos politicos y se convierta en un vigoroso abanderado de los derechos humanos para beneficio de la sociedad y bajo su veeduría directa.

Encuentre esta columna en Diario El Espectador
http://www.elespectador.com/opinion/

Referencias / Fuentes

[1] Charles-Maurice de Talleyrand (1754-1838), Canciller de Napoleón, y Georges Clemenceau (1841-1929), primer ministro de Francia durante la primera guerra mundial. La frase de Clemenceau, similar a la de Talleyrand, transcrita en este texto, era: «La guerra es un asunto demasiado importante para ser dejada a los generales».

[2] El Defensor del Pueblo tiene iniciativa legislativa, lo que le permite «presentar proyectos de ley sobre materias relativas a su competencia», según el numeral 6º del artículo 282 de la Constitución.

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Desapariciones forzadas en Colombia: en búsqueda de la justicia

La Mesa de trabajo sobre Desaparición Forzada de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos (CCEEU) presentó un informe donde aborda la situación actual de las desapariciones forzadas en Colombia, impactos psicosociales de las desapariciones forzadas, y el marco normativo relativo a los derechos de las víctimas de violaciones derechos humanos.

Entre las conclusiones del informe, la CCEEU destaca que el Estado colombiano no está cumpliendo con las obligaciones que se derivan de la Convención para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, específicamente en lo relativo a la obligación de adelantar investigaciones exhaustivas e imparciales hasta que se aclare la suerte de las víctimas, y proveer a los familiares de un mecanismo judicial rápido y efectivo como medio para encontrar a los desaparecidos.

Así mismo, señala que El estado tampoco está cumpliendo con la obligación de atender integralmente a las víctimas y sus familias incluyendo atención psicosocial que les ayude a superar los impactos y daños causados por la desaparición de un ser querido. Mientras subsista esa situación, el Estado seguirá siendo responsable por la comisión de este tipo de violaciones y por la profundización de la grave situación de derechos humanos que vive el país.

De igual forma, denuncia la CCEEU que las desapariciones forzadas se han mantenido de manera constante a lo largo del tiempo y continúan ocurriendo en la actualidad. En muchos casos, las desapariciones quedan invisibilizadas cuando ocurren conjuntamente con otras violaciones, como las ejecuciones extrajudiciales cometidas por la Fuerza Pública de manera sistemática entre 2002 y 2008, las cuales estuvieron casi siempre acompañadas por la desaparición forzada de la víctima. De acuerdo a la información registrada por la Mesa, entre enero a diciembre de 2011, ocurrieron por lo menos 28 desapariciones forzadas, incluyendo tres personas defensoras de derechos humanos.

Para descargar el informe completo en PDF: clic acá

Escrito por Coordinación Colombia Europa Estados Unidos de organizaciones no gubernamentales (CCEEU)

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